Ayer me enteré que un invitado al programa
#TusDerechos
rechazó la invitación porque conduzco “despeinado” y “sin corbata”. Se le olvidó que dos de mis derechos son el libre desarrollo de la personalidad y a la no discriminación.
Hoy es mi último día en la SCJN después de 10 años de trabajo. Me voy con la satisfacción del deber cumplido y con un profundo agradecimiento a la que fue mi casa durante estos años. Aquí conocí a muchas personas estudiosas, de quienes aprendí a trabajar con excelencia.
Va 🧵 sobre cómo hacer un buen argumento de inconstitucionalidad:
1. Anuncie de entrada su conclusión, identificando derechos afectados
2. Enumere los argumentos de inconstitucionalidad que sostienen la conclusión
4. X cada argumento desarrolle premisa mayor, menor y conclusion
Preparando una clase noté que de 5 grandes casos de la Corte Suprema de EEUU, solo una sentencia tiene más de 100 páginas: Marbury v Madison (24 pp.), Dred Scott v. Sanford (162 pp.), Lochner v. New York (17 pp.) Brown v. Board of Education (8 pp.) Roe v. Wade (35 pp.)
El caso Dobbs de la Suprema Corte de EEUU (reversión del derecho al aborto) es un buen recordatorio que no hay derechos ganados “para siempre”, y que por eso el activismo y la movilización nunca terminan.
Nuevo libro sobre "La argumentación constitucional de la Suprema Corte. A diez años de la reforma de derechos humanos". Se lo dediqué a mi abuelo Ricardo Ortega, en su memoria.
El IECEQ y el
@IIJUNAM
coeditamos este gran libro de
@RNiembro1
, en el que se explican y debaten conceptos, derechos y metodologías que la
@SCJN
de la Décima Época utiliza en su argumentación constitucional. Acceso abierto acá:
Esta semana cumplo 8 años de trabajar en la SCJN, en un equipo al que me da orgullo pertenecer y que tiene un gran liderazgo al frente. Soy afortunado. 😀
Cuando pensamos que con solo conocer el juicio de amparo sabemos Derecho constitucional, terminamos venerando el medio y perdemos de vista el fin (la protección de derechos).
Dato interesante s/ interpretación y método de la SCJN: en estas 5 sentencias relevantes se usa el derecho comparado, der. internacional ddhh y el test de proporcionalidad. (Casos marihuana, matrimonio igualitario, suástica/discurso de odio, aborto y maternidad subrogada)
4 libros p/ entender y reflexionar a 10 años de la reforma de derechos humanos: 1) la reforma 2) test de proporcionalidad 3) sentencias emblemáticas 4) argumentación constitucional
Muy contento de terminar este artículo sobre “Teorías de la democracia y Derecho constitucional en México. Una reflexión pendiente”, para la Enciclopedia de Derechos Humanos” de la
@DerechoUNAMmx
Si ante la muerte de una persona no binaria lo que te preocupa y criticas es que haya usado la palabra Magistrade para identificarse, entonces necesitas con urgencia un poquito de empatía, deja tu un curso básico de derechos humanos.
Hoy estuve revisando uno de los libros más recomendados sobre el juicio de amparo. Que hay que dedicarle tantas y tantas páginas a los detalles de las causales de improcedencia, dice mucho de la eficacia del proceso.
Los amparos no se “sacan” y el costo en todo caso es de los honorarios que cobran los abogadxs, ganándose la vida y en ejercicio de su libertad de trabajo prevista en los artículos 5 y 123 de la Constitución.
Sacar un amparo en el Poder Judicial, ¿cuánto cuesta?
Entre 30 y 70 mil pesos.
¿Quién puede pagarlo?
Cuando se dice que el PJ es el enemigo de los pobres, a estos datos se refiere.
Ya no trabajo en el PJF, pero durante los años que trabajé ahí, conocí personas esforzadas, estudiosas, trabajadoras, que en su mayoría se hicieron solas gracias a su esfuerzo.
Conozco a muchas magistradas/os, juezas/ces en lo profesional y algunos en lo personal. De todxs los que conozco tengo una buena opinión, personas decentes y muy trabajadoras. No puedo con los comentarios y críticas que se fundan solo en la ignorancia y la mala fe.
Muy contento de haber recibido un reconocimiento por 10 años de servicios en el PJF. La primera vez que entré a trabajar a la SCJN en 2006 fue como meritorio, después de unos meses me gané mi plaza. La segunda vez en 2014 entré como asesor, un año después secretario aux, luego
Uno de los costos más altos de una eventual renovación total de titulares del PJF es el conocimiento técnico adquirido a lo largo de muchos años, particularmente, de las herramientas y conceptos relacionados con los derechos humanos, que tanto costó su difusión.
Si lenguaje de los derechos no es un lenguaje accesible para cualquier persona y solo para los abogados/técnicos, de plano olvidamos el porqué y para qué se reconocen en las constituciones.
Recibí un correo de un prestigiado constitucionalista de EEUU, “que lee con fascinación la sentencia del aborto” de la SCJN y quiere comentarla. Me generó mucha alegría.
Muy contento por la próxima publicación de este artículo sobre “la construcción de la legitimidad de las cortes constitucionales de AL”, para un gran proyecto sobre jurisdiccional constitucional en AL
@MPILheidelberg
coord. por Mariela Morales y Juan Berrios
Terminé este recomendable libro sobre los métodos de interpretación constitucional en EEUU. En México, creo que en los últimos años los más usados son una especie de “lectura moral de la constitución” y “garantía de la democracia”.
Hace unos meses los vecinos del Barrio del Niño Jesús de Coyoacán promovimos un amparo por violacion de nuestro derecho al agua (art. 4 Const) Hoy nos notificaron la concesión del Amparo JA 114/2024. Gracias a
@MicaelaAlterio
y Rodrigo Gutiérrez por el trabajo en equipo
Así como hay sentencias emblemáticas en derechos humanos de la SCJN, hay sentencias emblemáticas relacionadas con división de poderes, federalismo, etc. Entre ellas, una que me gusta mucho, es la CC 117/2014 sobre el IFT y su facultad reguladora
El control de convencionalidad en México tiene interesantes novedades. Hace unas semanas se aprobó el AR 439/2023 incorporando la “inconvencionalidad por omisión legislativa”
La sentencia sobre aborto de hace unas semanas de la SCJN ya está en libros de derecho constitucional comparado. Acá el próximo libro de R. Dixon sobre su teoría del control judicial “Democracy and Dysfunction”.
Muy recomendable libro para entender las experiencias de las elecciones judiciales en los estados de EEUU y todas las aristas que tiene el diseño de una elección judicial.
Regálense cuatro minutos de una excelente explicación de cómo aplicar e interpretar los derechos humanos a la luz del principio pro personae y el art. 1 Const.
La prisión preventiva oficiosa es inconvencional, por ser contraria al principio de presunción de inocencia. Al interpretar la Constitución estamos obligados a hacerlo a la luz del artículo primero constitucional y privilegiar el principio pro personae.
Aunque parezca obvio hay que recordarlo, la democracia es mucho más que votaciones periódicas, es diálogo continuo y respeto a los derechos de las minorías
Tuve un profesor en la Libre que nos decía que el éxito se debía en 90% al trabajo y disciplina y 10% al talento natural. Hoy pienso que los buenos argumentos constitucionales se deben en 90% al estudio y 10% a la creatividad.
En el último semestre descubrí dos podcasts sobre derecho constitucional norteamericano. Es muy bueno su contenido y sus discusiones. Se los recomiendo
@StrictScrutiny_
y We the
People
@ConstitutionCtr
Será un honor dar clases de derecho procesal constitucional en la maestría en derecho
@DerechoUNAMmx
Discutiremos sobre justicia constitucional en México y en el derecho comparado, así como sobre procesos constitucionales.
Interesante lo que dice Dieter Grimm, académico y juez en retiro del Tribunal Constitucional Alemán, es la cultura política la que sostiene al constitucionalismo y al control judicial, una cultura de respeto de las decisiones del tribunal y de alta estima de la constitución.
El día de hoy a las 5 inicia el Diplomado "La Suprema Corte y los derechos humanos" organizado por
@ddhh_scjn
. Me dará mucho gusto impartir las dos sesiones introductorias. Acá se puede seguir
A punto de llevar a los 15,000 seguidores en esta red social 😀. Tengo la fortuna de pertenecer a una generación de juristas que participa activamente en la transformación del derecho constitucional en México.
Querer darle sentido a la suspensión en el juicio de amparo retomando a Otero y Rejón, nada más implica perderse un siglo y medio de desarrollo constitucional nacional y comparado.
No cabe duda que México es un país generoso, en el que personas expertas en economía o astronomía (da igual), igual se consideran expertas en justicia y derecho constitucional.
Descanse en paz Don Sergio García Ramírez, destacadísimo jurista mexicano y quien como juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos acuñó “el control de convencionalidad” en su voto concurrente del caso Mack Chang vs Guatemala.
👇Muy interesante. En las próximas semanas se resolverá la CT 217/2019 sobre las facultades de los juzgadores federales en amparo indirecto, para dictar medidas de reparación diversas a la restitución (rehabilitación, satisfacción, garantías de no repetición y compensación).
Recomendable libro sobre interpretación constitucional y pertinente para nuestra discusión sobre los jueces/zas constitucionales. Queremos jueces que interpreten la Constitución como un código o atendiendo a los valores subyacentes y considerando los efectos de sus decisiones?
Me avisa tuiter que hoy es mi aniversario en esta red social. Esta cuenta llega a 13 mil personas interesadas en justicia y argumentación constitucional. Sigamos conversando.
Esta semana cumplo 9 años de trabajar en la SCJN. Ha sido una gran oportunidad para aprender y trabajar en temas que me apasionan del derecho constitucional. Me siento orgulloso de formar parte del PJF. Muchas gracias Sr. Ministro Zaldívar, ha sido un honor.
Ya se público la Enciclopedia de Derechos Humanos de la
@DerechoUNAMmx
en la que hice una reflexión sobre la importancia de las teorías de la democracia para algunos temas polémicos del derecho constitucional. Acá
@Tirantmexico
Cuánto ha cambiado el derecho constitucional en México, que hoy podemos estudiar y debatir sobre sentencias de temas tan diversos y no solo libros con la dogmática de un solo autor.
Hoy hace 5 años defendí mi tesis doctoral en la UCM, que luego sería mi libro “La justicia constitucional de la democracia deliberativa”. Acá el índice
Se dice mucho, pero se explica poco, qué implica juzgar o argumentar con perspectiva de derechos humanos. Acá una propuesta que seguimos trabajando con
@mafer1406
Terminé de leer esta Ley de Amparo comentada, muy recomendable. Con amplias citas de criterios de la SCJN y comentarios muy lúcidos. Enhorabuena
@moncidc
y Víctor Rocha
Con lo extensa y detallada que es nuestra Constitución y con los desarrollos jurisprudenciales, ya no se justifica que los argumentos sean en su mayoría por los artículos 14 y 16.
Definitivamente la tarea de lxs constitucionalistas no es sencilla. Interpretamos “sistemáticamente” constituciones con derechos sociales y apartados económicos neoliberales.
No es lo mismo elegir popularmente a jueces de última instancia, como la Suprema Corte, que a jueces de distrito o magistrados. Los casos más políticos e ideológicos llegan a los primeros, pero pocos a los segundos.
Muy recomendable libro que explica claramente un tema complejo, qué es lo que distingue tener poder coactivo de tener autoridad, de la mano de Hobbes, Kelsen y Hart.
Tal vez los cambios más importantes para hacer del juicio de amparo un medio más efectivo de protección, han sido por vía de interpretación. Vean, x ej., los AR 1359/2015 (regulación publicidad oficial) y AR 307/2016 (tala del manglar Laguna del Carpintero)
Uno de los grandes constitucionalistas alemanes me dijo que para hacer buen derecho constitucional hay que leer y reflexionar mucho y escribir poco. Hoy vale la pena recordarlo.
Tuve la fortuna de visitar el Tribunal Constitucional Fed alemán y asistir a una audiencia; uno de los tribunales más prestigiados e influyentes en el mundo. En la SCJN hemos importado algunas de sus categorías y conceptos, ej. el test de proporcionalidad y la horizontalidad ddhh
Leí un artículo que decía que en la universidad nos deberían enseñar a “pensar como constitucionalistas”, pero la verdad es que eso no se enseña, sino que aprendes.
Qué paradójico que el proceso del juicio de amparo (para las personas) sea mucho más complejo que el proceso de las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales (para las autoridades)
En el Derecho tenemos reglas generales, excepciones a esas reglas y excepciones a la excepción. Por esa y otras razones, solo los abogados/as entienden a los abogados.
La mejor teoría constitucional reciente dice, con razón, que no basta con invocar la independencia judicial, hay que construir legitimidad sociológica a lo largo de los años.
Gran idea vista en el museo de la República de Weimar: “La democracia no es incondicional ni permanece en todas las circunstancias. Toda democracia es vulnerable, incluso cuando tiene una muy buena constitución. Necesita de demócratas comprometidos a pelear por sus valores.”
Algunos libros recientes que me han sido útiles para enseñar Derecho Constitucional mexicano: 1. Diez sentencias emblemáticas de la SC, 2. Cuadernos de jurisprudencia del CEC, 3. Cómo hicieron la Constitución de 1917 y 4. Historia mínima de la SC.
Desde la reforma constitucional de 2011, los avances más significativos para hacer del juicio de amparo un mecanismo efectivo de protección de derechos ha sido la interpretación judicial, no la reforma legislativa.
Qué grande Ulrich P. sobre el constitucionalismo en transiciones. Los tribunales constitucionales tienen 4 funciones diferentes a las comunes: 1) enseñar Der. Const, 2) superar el derecho del viejo régimen, 3) generar confianza y legitimidad y 4) darle normatividad a la C.
La legitimidad y constitucionalidad de una reforma tomada por mayoría calificada radica en buena medida en el número de votos (ej. 86), y no alcanzarlos es, sin duda, un vicio invalidante que debe ser objeto de control bajo cualquier concepción de la justicia constitucional.
Me emocionó ver esta protesta de amigos/as y antiguos colegas reclamando sus derechos, pues al igual que cualquier otra persona también son titulares de derechos.
“No somos paleros, somos abogados” y “si el pueblo se informa, no pasa la reforma” fueron parte de las protestas que realizaron trabajadores de la
@SCJN
, quienes se sumaron a la manifestación en defensa del Poder Judicial, y afirmaron que la reforma judicial es una “venganza” por
Tratándose de la suspensión en el juicio de amparo, uno de los criterios más relevantes de los últimos años es este de la 2a Sala de la SCJN sobre los efectos restitutorios, pero que en ocasiones siguen sin aplicarse.
En temas del juicio de amparo, el cambio + importante de los últimos años radica en primero interpretar los arts. 1, 103 y 107 de la Constitución para luego interpretar la Ley de Amparo, y no empezar por interpretar la Ley para darle sentido a la Constitución.
Un día como hoy pero de 1789 se aprobó la “Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano”, un momento histórico importantísimo para la libertad, la igualdad y la soberanía popular.
Más que una crisis constitucional, lo que vimos fue la ambición contrarrestando la ambición, lo que Madison consideró atinadamente el motor de la separación de poderes (Federalista 51)
Entre las sentencias más interesantes están las que usan el texto constitucional como punto de partida para argumentar, pero van más allá del texto. Como el AD 6/2008 sobre el libre desarrollo de la personalidad y el reciente AD 6/2023 sobre el derecho al cuidado, entre otras.